Vende Tu Parte al Mejor Precio

Puede que estés en proceso de SEPARACIÓN ó que tengas conflictos familiares por culpa de una HERENCIA en la que no sois capaces de poneros de acuerdo. Si quieres vender tu parte de la propiedad y olvidarte de esos problemas somos tu MEJOR opción.

Si quieres que te ayudemos a obtener el MEJOR precio por tu parte de la propiedad rellena el formulario y explícanos tu caso.

Servicios de Negociación y Venta

Si tienes parte de una propiedad que quieres vender,
y quieres obtener el MEJOR PRECIO
ésta es tu MEJOR opción.

ASÍ FUNCIONAMOS :

Nos explicas en detalle tu caso

Cuéntanos en detalle tu caso, dónde está situada la propiedad y el porcentaje que te corresponde. Analizamos la operación y si todo es correcto firmamos contrato y activamos el servicio.

Iniciamos la negociación y demanda

Contactamos con tus copropietarios para comunicarles la demanda de división de cosa común a la vez que intentamos una negociación amistosa.

Forzamos la venta de la propiedad

Con independencia de si tus copropietarios han elegido la fórmula amistosa o judicial, el inmueble saldrá a la venta y nos encargaremos de publicitarlo.

Recoges tu beneficio

Una vez se venda el inmueble cobraremos nuestros honorarios y tú recogerás el TOTAL del beneficio sobre el porcentaje que tengas de la propiedad.

¿Tienes Preguntas? Tenemos Respuestas

Te explicamos, paso a paso, cómo vamos a ayudarte

Llevamos muchos años acumulados en el sector, sabemos muy bien lo que hacemos y ponemos a tu servicio a los mejores letrados y negociadores para que puedas convertir en el menor plazo de tiempo posible tu porcentaje de propiedad en dinero líquido. Logramos transformar tu porcentaje de propiedad en dinero, nada más y nada menos.

Nadie puede forzarte a permanecer en copropiedad si tú no quieres. La justicia nos proporciona los instrumentos para forzar, si se hace necesario, que la propiedad sobre la que tienes un porcentaje se venda. Sí o Sí. 

Contactaremos con los otros copropietarios y les propondremos la venta VOLUNTARIA por si quieren resolver el tema de forma inmediata, y paralelamente interpondremos la demanda judicial correspondiente para que el juez ordene la venta de la propiedad en caso de no llegar a un acuerdo de venta voluntario. 

Nuestros honorarios son a  ÉXITO. Aunque nuestra labor es mucho más compleja que la de una agencia inmobiliaria, cobramos lo mismo que una simple intermediación inmobiliaria típica: el 5% del valor de la propiedad con un mínimo de 6.000 euros. Y lo haremos DESPUÉS de que hayamos logrado resolver el problema. 

Inicialmente sólo cobraremos 600€ para saber que vas en serio. Dicho importe irá destinado a atender pequeños gastos iniciales, el importe restante total lo cubriremos nosotros

Sí podrías, pero la realidad es que si vas a contratar a cualquier despacho jurídico para que interpongan una demanda lo primero que harán es cobrarte una “provisión de fondos” y luego empezar a trabajar.

Si te refieres a si puedes llegar a negociar voluntariamente con el resto de propietarios, la respuesta es también que sí. Pero la realidad es que lo más normal es que al final siempre haya algún tipo de desavenencia por la que no se firme ese acuerdo voluntariamente. Nosotros tenemos años de experiencia en negociación y sabemos qué es lo que hay que hacer para que los acuerdos se firmen.

Sí puedes. Ni hermanos (te lleves bien o mal con ellos), ni exsocios, ni exparejas, ni ninguna persona de ningún tipo. No requieres a NADIE para que todo esto se ponga en marcha. Sólo necesitas querer hacerlo.

Además, considerando que cuanto antes se inicie la negociación y demanda antes se terminará, pues está claro que la mejor decisión que puedes tomar es hacerlo cuanto antes. Para ayudarte a dar el paso es por lo que hemos puesto ese importe de contratación inicial tan ridículo, de manera que el dinero no sea obstáculo para resolver tu problema y poder prestarte el servicio. 

Aunque también puedes tomar otra decisión, y es no hacer nada y dejar que las cosas sigan como están.

El 100%. Y no es una farolada o una broma, es totalmente CIERTO. Nuestro ordenamiento jurídico nos proporciona las herramientas para que NADIE que tenga un porcentaje de una propiedad esté obligado a quedarse en esa situación. Todo lo contrario, judicialmente puedes obligar al resto de copropietarios (aunque tengas un 1%) a vender la propiedad. 

Por eso tenemos un CIEN POR CIEN (100%) DE ÉXITO. Porque los casos que no podemos resolver de forma voluntaria y amistosa los resolvemos con una venta judicial forzosa.

Pues como dice la canción: depende. Si logramos un acuerdo de venta voluntaria con tus copropietarios será más rápido. Si terminamos en una venta judicial será más largo pero también igual de efectivo. 

Dependerá únicamente del porcentaje que tengas y del importe al que se venda la propiedad.

Pues simplemente eso; que llegaremos a subasta. Pero déjanos explicarte lo que pasará en ese instante:

La propiedad saldrá a subasta no sin antes haberla publicitado por nuestra cuenta en los principales portales inmobiliarios. Nos preocupamos MUCHO de que exista la MAYOR concurrencia posible en la subasta para que el precio obtenido sea el mayor posible y por tanto el dinero que termine en tu bolsillo también.

En cualquier caso, en el hipotético caso de que no concurriera nadie a la subasta gozaremos de un “derecho para ceder el remate” y buscar a alguien en el mercado que esté dispuesto a quedarse la propiedad. 

Da igual que la propiedad esté ocupada por alguno de los copropietarios. Por ejemplo el típico familiar que ni vende ni quiere salir de la casa. Judicialmente saldrá de forma forzosa quiera o no quiera. Lo más normal es que desde que le llega nuestra demanda nos contacta e intenta llegar a un arreglo después de consultarlo con sus abogados.

Puedes autoengañarte, pero lo cierto es que lo quieras o no hace tiempo que tienes el problema delante. Si no lo has resuelto ya es porque a quien tienes en frente le da igual, y te estará dando largas una y otra vez con cualquier excusa, o simplemente estará ignorando las pretensiones a las que por ley tienes derecho. 

De hecho, aunque nos vendieras tu parte directamente y ocupáramos nosotros tu posición ¿crees que no te van a seguir “culpando” y diciendo que eres mala madre/hijo/hermana/expareja/primo? Pues te equivocas, van a seguir haciéndolo porque es más fácil culparte a ti que reconocer ellos su parte de culpa. Así es el ser humano. Ahora te toca a tí ACTUAR. 

Pues sencillo; le daremos a la propiedad la MÁXIMA promoción de venta. De hecho, del importe de la venta se destina un porcentaje -la típica comisión de venta inmobiliaria- para premiar a agentes inmobiliarios que busquen al cliente comprador mediante contactos locales y publicación en los principales portales inmobiliarios. Tanto si llegamos a un acuerdo de venta voluntario como si tenemos que terminar forzando la venta mediante pública subasta la propiedad tendrá la máxima promoción.

Te ayudamos a obtener el MEJOR precio por tu parte. Explícanos tu caso.

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No pierdas el tiempo y contrátanos. La única forma de solventar tu problema es abordarlo.

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¿Tienes Dudas? Aquí te las resolvemos

Lee algunas de las consultas que otras personas como tú nos han hecho

Aunque solo tú estuvieras interesada en vender nadie puede prohibirte que lo hagas. No necesitas consentimiento de ningún copropietario. Lo que hacemos en estos casos es solicitar al juzgado la solicitud de venta forzosa mediante la correspondiente demanda.
 
Lo fundamental es que el porcentaje de la propiedad esté inscrito a tu nombre en el Registro de la Propiedad. Si ya tienes esto hecho ponte en contacto con nosotros para comunicar al resto de copropietarios tu intención de venta y en caso de que alguno se niegue interponer la correspondiente demanda.
 
Hola Margarita, el requisito que debes cumplir es que tu porcentaje esté a tu nombre en el Registro de la Propiedad. Da igual que la construcción no se haya legalizado y siga estando como solar. Lo importante es que tengas a tu nombre el porcentaje que quieres vender. Con ese único requisito comunicaremos a tus copropietarios tu intención de venta por si alguno quieres comprar tu parte al precio que consideres. Si se niegan a comprar y tampoco te quieren vender solicitaremos orden judicial para cursar la venta al mejor precio posible mediante subasta pública.
 
Puedes venderle tu parte a tu ex pareja, pero lo más normal es que o bien no tenga dinero para comprártela o bien al banco no le interese que tú salgas de la operación hipotecaria porque ahora mismo tiene dos avalistas (tu expareja y  tú). Nuestra recomendación es que vendan la casa y se repartan el diferencial que se pueda lograr.
 
Si tu ex pareja no quiere oír ni hablar de vender la casa porque está cómoda en ella y porque tú sigues siendo avalista de la operación hipotecaria, lo que haremos será instar judicialmente la división de cosa común forzando la subasta de la propiedad. Así quién se quede con la vivienda en la pública subasta se queda también con la hipoteca actual. De esa forma si es un tercero quien se queda la propiedad tanto tú como tu expareja no tendrán que atender la hipoteca pendiente.
 
E incluso si ella quisiera participar en la subasta y quedársela aunque fuera por 1 € tendría que hacerse cargo del total de la hipoteca, de forma que tú ya NO tendrías que responder de la hipoteca ni estarías dentro de la misma. Así podrías comprar otra propiedad a tu nombre o hacer lo que quisieras porque ya serías totalmente libre.
 
Cría cuervos…, en fin, no te preocupes. No pueden limitar tu capacidad de venta. Solo necesitamos que tu parte de la propiedad esté inscrita a tu nombre en el Registro de la Propiedad. Solicitaremos la venta forzosa judicialmente y lo más normal en estos casos es que lleguemos a un acuerdo de venta voluntaria desde que reciban la demanda. Si así no fuera no te preocupes tampoco, haremos que puedas participar en la subasta sin necesidad de depositar dinero inicialmente para el caso en que quieras ser tú quien se quede con el 100% de la propiedad.
 
Estos son los típicos casos que dan sentido al servicio que prestamos a la comunidad. Un abuso constante de familiares que se creen con pleno derecho. No te preocupes porque el abuso que estás sufriendo tiene una solución inmediata. Envíanos la nota simple informativa de las dos propiedades en donde conste tu participación y porcentaje. Interpondremos la demanda solicitando la venta forzosa, tan pronto se lo comuniquemos a tus familiares ya verás qué pronto llegamos a un acuerdo de venta voluntaria cuando lo hablen con un abogado.
 
Por mucho que ellos no quieran vender y quieran alargar con la esperanza que un día recalifiquen el terreno tú no tienes por qué esperar si no quieres. Que compren ellos tu parte si les apetece y así les tocará más cuando llegue la recalificación del terreno.
 
Y respecto a los precios tampoco te preocupes, un tasador homologado valorará las propiedades conforme a mercado previo venta en subasta pública judicia.
Estupendo. Verás que lo normal es que las empresas dedicadas a comprar proindivisos te ofrezcan una cantidad MUY por debajo del valor que tendría tu porcentaje en el mercado. Y es normal porque están comprando un trozo de propiedad para luego iniciar el procedimiento judicial de venta forzosa con la intención última de colocar el producto en el mercado.
 
Si necesitas el dinero urgentísimamente y te conformas con una fracción del precio que puedes obtener, entonces hazlo. Si quieres obtener el máximo precio por tu parte en la propiedad entonces puedes contar con nosotros para interponer ante el juzgado el requerimiento de venta forzosa.
 
Promover la venta forzosa de la propiedad y que la lleves a subasta pública en caso de no llegar a un acuerdo con tus copropietarios te será siempre mucho más rentable económicamente para ti.
 
Hola Estefanía. Si vas a vender tu parte con carácter urgente da igual que nos lo vendas a nosotros como a  cualquier otra empresa. Ninguno vamos a ofrecerte con seguridad lo que te gustaría.
 
Nuestra recomendación es siempre que a menos que tengas una urgencia vital busques obtener el mayor precio y no vendas por un importe ridículo. En cualquier caso la decisión siempre es tuya. Si necesitas ayuda aquí nos tienes para interponer el requerimiento judicial en busca de una venta con el mejor precio posible.
 
Envíanos la nota simple de tu propiedad y nos ponemos en marcha, ya verás lo rápido que reacciona ese hermano tuyo que tan poco esfuerzo está poniendo en la venta cuando reciba la notificación judicial solicitando la venta forzosa.
 
Hola Ramón, la verdad es que tienes una situación complicada, pero tranquilo que no irresoluble. Es importante que sepas que tienes derecho legal a forzar la venta de la propiedad aunque tu ex mujer no quiera. Sólo tenemos que interponer la demanda de división de cosa común para que puedas acabar con tu vinculación en la propiedad. En tu caso teniendo una hija menor viviendo en la casa has de estar tranquilo porque aunque se subaste la propiedad se conservará el derecho de la menor a permanecer con su madre en ella hasta su mayoría de edad. Y si es la madre quien decide quedarse con la propiedad en la subasta será ella quien habrá de atender enteramente la hipoteca, no tú.
 
Las dos cosas puedes hacerlas. Puedes vender tu parte sin autorización de nadie, lo único que necesitas es alguien que esté dispuesto a comprar tu parte con el problema de ocupación y negociación que ello conlleva. Esa es la razón de que sólo empresas especializadas se metan en estas operaciones comprando por una fracción del precio que podrías obtener.
 
También puedes forzar la venta del conjunto de la casa aunque tengas sólo un 1% de la misma. En este último caso el precio que se obtiene es mayor porque el producto se vende en el mercado normal o en subasta pública para obtener el mejor precio. En dicha subasta judicial pueden participar también todos los copropietarios si quieren.
Lo normal es que cualquier persona tenga una esperanza de vida en torno a 20 o 30 años más, y si no te está pagando nada por el uso de la vivienda tienes un mal negocio delante porque incluso durante esos próximos 20 o 30 años tendrás que pagar el 88% de gastos vinculados a la nuda propiedad como el IBI.
 
Además, como el usufructurario puede incluso alquilar la propiedad sin necesidad de darte un euro de la renta, también lo normal es que el usufructuario se encuentre muy cómodo en esa situación y no se platee comprar tu parte por muy barato que se lo pongas.
 
Sólo te queda la opción de forzar la venta judicial y esperar que a alguien le interese (incluso a tí mismo) comprar el 100% de la propiedad por muy bajo precio con un usufructuario dentro. Hay quienes realizan este tipo de inversiones a largo plazo como un “plan de pensiones” en el que invierten una cantidad ahora y recogen los grandes frutos una vez el usufructuario fallezca dentro de 30 años.
 
Te recomendamos que vayas en serio y hagas valer tu derecho. El art 400 del Código Civil es el precepto central de la división de cosa común: “Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común”. Así pues, sencillo: envíanos la nota simple donde aparezca tu participación y porcentaje en cada una de las propiedades, te aseguramos que desde que tus familiares reciban nuestro escrito de demanda las cosas cambiarán de inmediato. 
 
Normal, no te libera porque hacerlo le supone novar la hipoteca, y porque posiblemente (aunque tu ex quisiera) el banco no se lo permita a menos que plantee la hipoteca con otro banco. En cualquier caso, no hay problema, ya que no atiende a razones solicitaremos la venta forzosa y que se quede el 100% de la propiedad en pública subasta si quiere, pero que se quede también con la obligación de atender el 100% de la hipoteca.
 
Sea quien sea quien se adjudique la propiedad en subasta habrá de subrogarse en la hipoteca, y es en ese momento cuando puedes comunicarle tú misma el resultado de la subasta al banco para que reclame el pago del importe pendiente de hipoteca de forma que te libere de la misma. Como ves lleva su trámite, pero tiene solución. 
 
Aproximadamente por un tercio del valor de mercado si está todo en regla y tú tienes la posesión de la propiedad. Entendemos que no es la opción económicamente más atractiva para nuestros clientes, así que si lo que necesitas es obtener el precio más atractivo por tu participación lo mejor que puedes hacer es forzar que se venda el 100% de la propiedad. Será mucho más fácil encontrar un comprador que esté dispuesto a pagar un mayor precio y por tanto a tí te corresponderá un valor mayor. De hecho, en muchos casos son los propios copropietarios quienes terminan quedándose con el total del inmueble por el mismo precio antes de que un tercero ajeno lo haga.
 
Hola Félix. Sí puedes hacerlo, y SIN autorización de nadie.
 
El caso es que tienes que encontrar a alguien dispuesto a comprarte tu 50% que además tiene hipoteca. Entenderás que las ofertas que te lleguen no serán ni mucho menos lo que desearías. Te recomendamos lo mismo que a la mayoría de nuestros clientes: fuerza la venta del 100% de la propiedad y que quien la compre se haga cargo de la hipoteca. Esto se puede hacer instando la división de cosa común. Envíanos la nota simple en la que tú aparezcas con tu porcentaje para ayudarte.
 
Vayamos por partes:
 
1.- No nos cansaremos nunca de decirlo: NADIE puede obligarte a permanecer en copropiedad y siempre puedes solicitar la venta forzosa de la propiedad. 
 
2.- A la vista que esa persona está queriendo dilatar la situación diciéndote que quiere venderla (pero luego poniéndola a un precio de venta absurdo) o desestimando cualquier opción que le das de compra o de venta, pues lo haremos de manera formal, con requerimiento y ofrecimiento judicial. Ya verás que la cosa cambia cuando vaya a consultar a su abogado.
 
3.- A tu pregunta sobre los plazos si finalmente tenemos que llegar a subasta pública, pues ésto depende siempre del juzgado en el que caigas y de su carga de trabajo. Para acelerar los procesos lo que hacemos siempre es interponer la demanda definitiva de división de cosa común desde el PRIMER minuto y que el procedimiento vaya corriendo, si en el camino tu copropietario entra en razones lo único que tendremos que hacer es retirar la demanda y punto. 
 
Pues si no entra en razón de forma voluntaria aquí estamos nosotros para hacerlo entrar de manera forzosa. No te preocupes porque en la mayoría de los casos entran en razón desde que iniciamos el procedimiento, y si no lo hacen, lo harán de la mano de un tasador homologado designado por el juzgado para cifrar el valor estimado del bien para su subasta. 
 
Aunque sólo 1 quisiera vender puede forzar la venta del conjunto de la propiedad. Lee otros casos como el tuyo que respondemos aquí, verás que únicamente se requiere que nos contrate uno de los copropietarios, aunque estuvieras en desacuerdo en la venta con tu madre y el resto de tus hermanos no necesitas de nadie para iniciar el procedimiento de división de cosa común y forzar la venta.
 
La situación que nos comenta es compleja porque el valor del inmueble nunca cubrirá la deuda y por tanto cualquier opción de venta, sea forzosa o voluntaria, no tiene sentido si el propósito es quitarse como garante de la hipoteca.
 
Se da el caso además que es la vivienda habitual de sus amigos y están atendiendo la hipoteca correctamente, de manera que entendemos no se planteen entregar la propiedad al banco en pago de la deuda (dación en pago) aunque el banco difícilmente la aceptase.
 
Lo único razonable si sus amigos no quieren entregar la casa es que le compren a su hijo y usted el 50% a cambio de subrogarse (con la autorización del banco) en la deuda hipotecaria pendiente. Si sus amigos dejan de serlo por este motivo, o simplemente se muestran reacios a firmar otras condiciones con el banco para poder sacarlos a ustedes de la ecuación siempre pueden instar la venta forzosa del 100% de la propiedad en pública subasta.
 
Quien la adquiera (lo más normal es que lo hagan sus amigos) lo hará por 1 euro más la carga hipotecaria que afecta a la propiedad, de manera que tras el acto de subasta podrá usted requerir al adjudicatario para que atienda enteramente la deuda hipotecaria a la que se ha subrogado y le libere a usted y a su hijo de esa carga. Disculpe la extensión de la respuesta pero el caso lo requería. Contáctenos para una primera reunión con uno de nuestros letrados e iniciar el procedimiento de división de cosa común cuanto antes.
 
Pues sencillo: iniciaremos el procedimiento judicial de división de cosa común.
 
El resultado es siempre el mismo; uno de los copropietarios suele comprar la parte del otro. Y si no puede o quiere, se vende el 100% de la vivienda en pública subasta a cualquier persona que participe y esté dispuesto a pagar más por la vivienda.
 
Hola Antonio. Puedes vender tu parte sin problema (voluntariamente a tus hermanos si ellos quieren o a cualquier otra persona también). Y aunque tus hermanos no quisieran, puedes también forzar la venta del 100% de la propiedad SIN afectar al usufructo. Por ese tema no te preocupes porque tanto tu padre como tu madre como usufructuarios vitalicios vivirán en la casa hasta el fin de sus días aunque la propiedad se venda en pública subasta o de manera voluntaria. Nos encargaremos de que así sea. 
 
Puedes venderlo a empresas especializadas en compra de proindivisos pero te darán una miseria por ello. Puedes también venderlo a alguno de tus copropietarios si es que están interesados y tienen capacidad de compra. Sea como fuere, la manera más rentable y por la que podrás obtener mayor importe es la de forzar la venta del 100% de la propiedad, entre otras cosas porque de esta forma quien compra puede pedir un crédito hipotecario al contar con el 100% de la propiedad y no solo un porcentaje, de manera que si se cuenta con financiación en la compra es natural que el precio de venta suba.
 
Hola Sacha, este tipo de operaciones sólo interesan a personas que están dispuestos a entregar ahora un pequeño importe a cambio de que al fallecimiento del usufructuario se quedan con el 100% de la propiedad.
 
Ya lo hemos comentado en otras ocasiones, y es que quienes se plantean invertir de esta forma es como si lo estuvieran haciendo en un “plan de pensiones” que rescatará dentro de un montón de años cuando el usufructuario actual fallezca. No es fácil encontrar un comprador para este tipo de productos, pero los hay. Dependerá simplemente del precio al que estés dispuesto a liquidar tu posición hoy sabiendo que el comprador no podrá disponer de la propiedad hasta dentro de un montón de años.
 
Hola Carlos. Para calcular el importe que normalmente suele ofertarse en el mercado por una operación de este tipo solo tienes que coger el alquiler mensual que recibes ahora por tu participación y multiplicarlo por 60 (5 años). Si quieres obtener un precio significativamente más alto lo que te recomendamos es que fuerces la venta del 100% de la propiedad. El precio que te corresponderá por tu porcentaje será mucho mayor por motivos obvios. 
 
Hola Sofía, pues una cosa contradice la otra.
 
Si quieres venderlo con urgencia van a darte una porquería, y a menos que sea un problema de índole vital no te recomendamos hacerlo.
 
Si quieres obtener el máximo precio posible aunque te lleve un poco más de tiempo lo que tienes que hacer es instar la división de cosa común para provocar la venta forzosa del 100% de la propiedad.
 
En muchos casos sorprende el corto espacio de tiempo en que algunos copropietarios toman la decisión de comprar al resto cuando se dan cuenta de que la cosa va en serio y hay un juzgado por medio. Contáctanos y explícanos tu caso en detalle para que podamos ayudarte y establecer la mejor estrategia.
 

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